¿Negó el Segundo Concilio de Orange la «eficacia cierta» de la gracia?

MR. TOODLE-OO’D preguntó.

B. B. Warfield dice en El Plan de Salvación [PDF]:

En el lugar del pelagianismo entró de inmediato el semipelagianismo; y cuando la controversia con el semipelagianismo fue combatida y ganada, en el lugar del semipelagianismo entró el semisemipelagianismo al que el Concilio de Orange traicionó a la Iglesia. … La necesidad de la gracia había sido reconocida como resultado de la controversia pelagiana; su prevención, como resultado de la controversia semipelagiana; pero su eficacia cierta, su «irresistibilidad», como la llaman los hombres, fue negada por el fatal compromiso de Orange. … Después de Orange ya no era legalmente posible atribuir la salvación tan enteramente a la gracia de Dios que pudiera completarse a sí misma sin la ayuda de la desacreditada voluntad humana -su ayuda sólo como facultada y movida por la gracia preveniente ciertamente, pero no eficazmente movida, de modo que no pudiera detener y derrotar las operaciones de la gracia salvadora.

Pero he leído los cánones del Concilio de Orange y no veo cómo concluye eso. ¿Tiene razón?

2 respuestas
MR. TOODLE-OO’D

La gracia resistible en el Concilio de Orange

La conclusión de los cánones del concilio dice:

Una vez recibida la gracia por el bautismo, todos los bautizados tienen la capacidad y la responsabilidad si desean trabajar fielmentepara llevar a cabo, con la ayuda y la cooperación de Cristo, lo que es de importancia esencial en lo que respecta a la salvación de su alma.

Esta es la redacción que se me escapó antes. En otras palabras, mientras que Dios proporciona el impulso inicial para la salvación a través de la gracia, el hombre sólo se salva después «si quieren». Esto claramente no es consistente con la «gracia irresistible», o lo que Warfield denomina «eficacia cierta» de la gracia. La respuesta de Dialogist es, por tanto, más o menos correcta al decir que lo que «preocupaba a Warfield era que el Concilio de Orange atribuyera alguna importancia al libre albedrío del hombre», aunque Warfield, como calvinista, afirmaría el «libre albedrío» en un cierto compatibilista compatibilista.

Objeciones reformistas al Concilio de Orange

John Leith dice en Credos de las Iglesias, página 37:

En el Concilio de Orange … se repudia la doble predestinación y se omite la gracia irresistible.

De la misma manera, Charles R. Biggs dice en un artículo que el concilio «no logró articular la enseñanza de Agustín sobre la predestinación y la gracia irresistible». Biggs dice en otro artículo que «los problemas del Sínodo de Orange» son los siguientes

(1) No se afirma la irresistibilidad de la gracia. (2) Se condena la predestinación al mal. (3) La recepción de la gracia está tan ligada al bautismo que la cualidad sacramental de la gracia y el mérito de las buenas obras se ponen en primer plano.

Herman Bavinck dice en Dogmática Reformada: Vol. 1:

El Sínodo de Orange … aceptó la gracia preveniente, pero no adoptó decisivamente la gracia irresistible y la predestinación particular. En los años siguientes, no quedó mucho agustinismo intacto».

Así que podemos resumir las objeciones reformadas al concilio de la siguiente manera:

  • La gracia irresistible se omite o se niega (de esto se trataba la cuestión)
  • Se niega la doble predestinación, que va de la mano de la gracia irresistible
  • La soteriología agustiniana se debilitó como resultado y luego disminuyó dentro de la iglesia hasta que fue restaurada en la Reforma

Comentarios

  • ¿Cuál es la «soteriología agustiniana» que dices que existía antes en la Iglesia? – usuario22553
  • @Dialogista No es eso Yo lo diciéndolo, estoy resumiendo lo que dicen los escritores reformados, en este caso concretamente Bavinck. He llamado explícitamente a eso una «objeción reformada» al concilio. Pero específicamente, se refiere a los otros dos puntos: la gracia irresistible y la doble predestinación. –  > Por SR. TOODLE-OO’D.
  • Bien, entendido. ¿Cuál es entonces la «soteriología agustiniana» que sostienen los escritores reformados que existió? Creo que está en todo lo que has escrito, pero ¿cómo se podría resumir? – usuario22553
  • @Dialogista Creo que tiene varios componentes, pero los principales que se rechazaron en Orange fueron la gracia irresistible y la doble predestinación. Supongo que se podría resumir su conjunto con el término «determinismo divino». –  > Por MR. TOODLE-OO’D.

Al defender a la Iglesia contra el pelagianismo, Agustín adoptó la postura extrema de negar cualquier papel del libre albedrío del hombre en su salvación. Una vez escribió, por ejemplo:

¿Os atreveréis a decir que incluso cuando Cristo oró para que la fe de Pedro fracasara, habría fracasado igualmente si Pedro hubiera querido que fracasara? Como si Pedro pudiera en alguna medida querer otra cosa que Cristo hubiera deseado para él que fracasara.

Sobre la reprimenda y la graciaCapítulo 17

Aunque Agustín no parecía ser un fanático de sus puntos de vista, otros en la Iglesia -especialmente Próspero de Aquitania- adoptaron sus puntos de vista antipelagianos extremos. Otros Padres de la Iglesia, como Juan Casiano, sostenían que la gracia y el libre albedrío debían considerarse en el contexto de una especie de sinergia entre Dios y el hombre, pero Prósper y otros descartaron por completo este punto de vista. Prosper escribió, por ejemplo,

Por una especie de contradicción, se enseña que … [algunos] desde las dotes del libre albedrío, tienen este deseo de buscar, pedir y llamar …

Contra CollatorumCaps. 2:2, 2:4

El propio Agustín modificó sus puntos de vista en obras posteriores. En La llamada de todos los pueblos escribe que trató de «investigar qué restricción y moderación debemos mantener en nuestras opiniones en este conflicto de opiniones» (Libro I.1). Subrayó que la gracia no obliga al hombre, sino que actúa en armonía con el libre albedrío del hombre:

Si renunciamos por completo a todas las discusiones que surgen al calor de las disputas inmoderadas, quedará claro que debemos sostener con seguridad tres puntos en esta cuestión. Primero, que Dios quiere que todos los hombres se salven y lleguen al conocimiento de la verdad. En segundo lugar, no puede haber duda de que todos los que realmente llegan a la verdad y a la salvación, lo hacen no en virtud de sus propios méritos, sino de la ayuda eficaz de la gracia divina. En tercer lugar, hay que admitir que el entendimiento humano es incapaz de penetrar en la profundidad de los juicios de Dios.

Libro II.1

Esto fue una modificación considerable de su opinión anterior de que la gracia no sólo era una ayuda, sino el único agente en la salvación del hombre. Los Cánones del Concilio de Orange reflejan las opiniones modificadas de Agustín. Aunque enfatizan firmemente el papel de la gracia de Dios, no niegan explícitamente que las acciones del propio hombre también tengan un papel en su salvación. Los Cánones se limitan a afirmar que el hombre no puede salvarse únicamente por su propia voluntad, lo que era esencialmente la tesis pelagiana. Lo que probablemente preocupó a Warfield fue que el Concilio de Orange atribuyera alguna importancia al libre albedrío del hombre.

La mayor parte de lo anterior sigue la explicación de la controversia pelagiana que se encuentra en el libro de Seraphim Rose, El lugar del Beato Agustín en la Iglesia Ortodoxa]

usuario22553

Comentarios

  • Gracias. No creo que esto sea precisamente correcto, pero he investigado un poco más (gracias a esta respuesta) y pronto daré una respuesta alternativa. He votado tu respuesta por el esfuerzo y por ser al menos sustancialmente correcta y por indicarme la dirección correcta. Te enviaré un ping cuando esté publicada; por supuesto, estará abierta a la crítica. –  > Por MR. TOODLE-OO’D.
  • Gracias. Estoy seguro de que me beneficiaré de su investigación. Una cosa que quería señalar, aunque no estoy seguro de su relevancia, es que, independientemente de sus cánones, el Concilio de Orange era un concilio local dentro de la sede de Roma y no tenía ninguna posición canónica con el resto de la Iglesia (es decir, las sedes de Constantinopla, Antioquía, Alejandría y Jerusalén). Los cánones de otros concilios locales, como los de Cartago del siglo IV, fueron adoptados más tarde por toda la Iglesia en posteriores concilios ecuménicos, pero no fue el caso del Concilio de Orange. – usuario22553
  • Ya he contestado. Modifico lo que he dicho antes y digo que creo que tu respuesta es más o menos correcta (con una pequeña objeción terminológica que menciono en mi respuesta). Seguramente acabaré aceptando la que más upvotes tenga de las dos respuestas. –  > Por MR. TOODLE-OO’D.
  • Lo que es muy interesante en todo esto es que las primeras enseñanzas de Agustín sobre la predestinación y el libre albedrío fueron condenadas rotundamente en oriente y en gran parte de occidente. Pero a pesar del hecho de que él mismo repudió algunas de estas enseñanzas más tarde, todavía se le considera como un apoyo patrístico para la teología calvinista. El libro de Seraphim Rose puede resultarle interesante. Trata de cómo las enseñanzas de Agustín sobre estos temas han sido recibidas por oriente y occidente a lo largo de la historia. – usuario22553
  • Puede que lo coja en algún momento. Aunque creo que me interesa más el desarrollo teológico personal de Agustín. –  > Por MR. TOODLE-OO’D.