En el siglo IX, se escribieron una serie de elaboradas falsificaciones bajo el seudónimo de Isidoro Mercator, que ahora se conocen como los Decretales Pseudo-Isidorianas (o simplemente las Falsas Decretales). Entre estos documentos hay más de 100 cartas supuestamente escritas por papas y obispos de la Iglesia primitiva, en las que estos papas y obispos citaban repetidamente obras escritas siglos después de su vida.
Everett Ferguson indica que esto no era poca cosa:
Esta colección se convirtió en la falsificación más influyente en la historia de la iglesia católica romana. Se convirtió en la base de las reivindicaciones de la monarquía papal en la posterior Edad Media. (Historia de la Iglesia, 18.IV.B)
Obviamente, este es un tema delicado, y doblemente porque el descubrimiento gradual del fraude ocurrió durante el período de la Reforma, durante el cual la ICR enfrentó desafíos más amplios a su autoridad. No obstante, espero que sea posible sondear educadamente la influencia de estos documentos en la iglesia medieval.
Un punto particular de desacuerdo que parece haber descubierto se relaciona con el impacto de los decretos en el Decretum Gratiani (o Concordia discordantium canonum), una importante colección de derecho canónico del siglo XII. La Wikipedia parece restar importancia a su impacto en la obra de Graciano, al no incluir las Falsas Decretales como una de sus fuentesy diciendo que su obra «puso fin a la influencia inmediata de las Falsas Decretales» (fuente).
Al mismo tiempo, la Enciclopedia Católica señala que «muchos fragmentos» de las falsas decretales «se encuentran en el ‘Decretum’ de Graciano».
Por lo tanto, me gustaría limitar mi consulta aquí al impacto de las Decretales Pseudo-Isidorianas en el Decretum de Graciano. Las formas de ver el «impacto» podrían incluir
- el porcentaje del texto de Graciano que, directa o indirectamente, proviene de las falsas Decretales
- el porcentaje de referencias de apoyo de Graciano que en última instancia provienen de las falsas Decretales
- cualquier caso de declaraciones o reglas que Graciano apoye única o principalmente en las Falsas Decretales
Obsérvese que estoy enmarcando esto como algo que es, al menos teóricamente, objetivamente contestable. Estoy específicamente no preguntando cuánto del texto de Graciano debe conservarse o descartarse, por ejemplo, ni me importa cómo los católicos y los protestantes han defendido o atacado la legitimidad de los cánones recogidos por Graciano. En cambio, me interesa un análisis textual del uso (intencionado o no) de las Decretales Pseudo-Isidorianas en el Decretum Gratiani.
Intentaré una respuesta basada en la única fuente que encontré en línea con una búsqueda rápida. Mi respuesta se basa en el resumen de la reseña [2] sobre el libro [1]. El libro completo [1] da más detalles. Si alguien tiene preguntas especiales en los comentarios y tengo tiempo, lo buscaré en la biblioteca.
Las Decretales Pseudoisodorianas fueron importantes para Graciano. 400 de los 4000 capítulos del Decretum Gratiani eran «pseudoisidoricos» («psedoisidorianisch»). 220 de ellos tratan de asuntos procesales. Para la justificación del primado papal Graciano utilizó Pseudoisidor «menos» («weniger»). Las fuentes directas de Graciano para estas citas son menos claras.
1] Fuhrmann, Horst: Einfluß und Verbreitung der pseudoisidorischen Fälschungen. Von ihrem Auftauchen bis in die neuere Zeit. (Schriften der Monumenta Germania» histórica 24, I-IIΙ.) Anton Hiersemann, Stuttgart 1972-1974.(título en inglés: Influencia y distribución de las falsificaciones pseudoisidoras. Desde su aparición hasta los tiempos más recientes; 3 Volúmenes, interesante es aquí esp. Vol. 2)
2] Landau, Peter: Horst Fuhrmann, Einfluß und Verbreitung der pseudoisidorischen Fälschungen. Desde su aparición hasta la actualidad. En: Zeitschrift der Savigny-Stiftung für Rechtsgeschichte. Kanonistische Abteilung, 1975, Vol.61(1), pp.377-392 (388f.). (se puede comprar en línea)
No sé si existe una copia de las falsas Decretales en inglés, pero sí sé que el Decretum atribuye falsamente 9 palabras latinas de pseudo-Ambrose (Contumelia creatoris solvit jus matrimonii circa eum qui relinquitur) al Papa San Gregorio Magno. Fueron escritas por el pseudo-Ambrose sobre 1ª Corintios 7:15 en un comentario del siglo IV, y se traducen como sigue
«El desprecio al Creador disuelve la ley del matrimonio para el que es abandonado»
La fuente es http://legalhistorysources.com/Canon%20Law/MARRIAGELAW.htm. La palabra errónea anterior es «disuelve» (latín: solvat), porque implica que Pablo quiso decir «ya no está obligado por la ley» (griego: ouketi deo nomos) cuando escribió «no en la servidumbre» (griego: ou douloo). Pablo utiliza las palabras «deo nomos«cuando se refiere a que la esposa está «sujeta a la ley» mientras viva su marido (Rom 7:2, 1Cor 7:39). Pero en 1Cor 7:15, Pablo no se refería a que ya no estuviera atada por la ley; sólo se refería a no estar en servidumbre.
El error del pseudo-Ambrose se convirtió en la base del «Privilegio Paulino», que Inocencio III promulgó en 1199. Pero Inocencio lo promulgó basándose en su creencia de que el Papa San Gregorio Magno había promulgado las palabras del pseudo-Ambrose, como el Decretum afirma. Si hay una excepción a la infalibilidad papal, entonces sería ésta: un papa reinante que se basa en algo que fue falsamente atribuido a un papa anterior.
El control de daños se define como «la acción tomada para limitar los efectos perjudiciales de un accidente o error»; y esto es exactamente lo que hizo Inocencio cuando decidió aplicar el «privilegio paulino» sólo a los casos en que el incrédulo no está bautizado. Dado que los católicos bautizan a los bebés y no se casan con nadie no bautizado, Inocencio limitó en gran medida los efectos perjudiciales del error de pseudo-Ambrose. Este control de daños se mantuvo durante 766 años, y luego fue reemplazado por un control de daños diferente (el proceso de anulación) en 1965.
El proceso de anulación hizo posible anular el matrimonio cuando el incrédulo fue BAUTIZADO. Aunque el proceso de anulación es engorroso, el número de anulaciones se disparó. Pero incluso este control de daños (el proceso de anulación) fue eliminado 51 años después, en 2016, en la nota 351 de Amoris Laetitia (Googlea Dubia Amoris Laetitia para más detalles). Así pues, parece que un falso decreto del siglo IX puede haber provocado el colapso del matrimonio cristiano a finales del siglo XX y principios del XXI.